Cabe recordar que el COOTAD en su Art. 184 establece el “Fondo especial para mantenimiento vial con el aporte ciudadano. – los gobiernos autónomos descentralizados provinciales podrán establecer una contribución especial por mejoramiento vial, sobre la base del valor de la matriculación vehicular, cuyos recursos serán invertidos en la competencia de vialidad de la respectiva circunscripción territorial”.
El convenio establece obligaciones para ambas partes, en el caso del GAD Provincial deberá coordinar con el GAD Municipal la ejecución del convenio y facilitar la instrumentación que fuese necesaria; además, deberá recibir a través de la Dirección Financiera un reporte mensual de vehículos matriculados y los comprobantes originales de pago de la contribución.
En cuanto a la Municipalidad, tiene la obligación de establecer como requisito para la matriculación vehicular, la presentación del comprobante de pago de la Contribución Especial para el rodaje en cualquiera de las instituciones financieras acreditadas, también deberá entregar a la Dirección Financiera del GAD Provincial un reporte mensual de vehículos matriculados y los comprobantes originales de pago de la contribución especial.
El plazo establecido para este convenio es de 2 años, contados a partir de la suscripción del mismo, al finalizar el plazo las partes evaluarán los resultados obtenidos y de ser el caso se procederá con la renovación de manera expresa; el seguimiento de este convenio estará a cargo del director Financiero de la Prefectura.